Si tienes planeado manejar en carretera en este periodo de vacaciones, toma nota a lo siguiente y evita pagos innecesarios, mejor aprovecha ese dinero para disfrutar más tu viaje.
- Exceso de velocidad, la multa puede ascender hasta los $7187 m.n. (Art. 134 del Reglamento de Tránsito Federal)
- Autosardina, es decir, transportar a más personas que el número de asientos de tu auto o llevarlas en la cajuela, cuya multa puede ascender hasta los $2,567 m.n. (Art. 70)
- Circular sin Seguro de Responsabilidad Civil, ya que te pueden aplicar una multa de hasta $4,107.20 m.n. (Art. 74 Bis)
- No usar el cinturón de seguridad, donde la multa puede ser de hasta $2,567 m.n. (Art. 84)
- Cambiar de carril sin usar intermitentes, cuya multa puede ascender hasta los $2,567 m.n. (Art. 96, 103 y 114)
- Rebasar en línea continua, cuya multa puede ascender hasta los $1,540.20 m.n. (Art. 103)
- Estacionarte para descansar aunque sea unos minutos en un lugar prohibido, como a los costados de la carretera, cuya multa es de hasta $2,567 m.n. (Art.151)
- Traer fundida una luz del auto, que puede ascender hasta los $2,567 m.n. (Art. 53)
- Olvidar licencia de manejo o que las placas no estén legibles o colocadas, cuya multa puede ser de hasta $2,053.60 (Art. 85)
- Olvidar la tarjeta de circulación, que puede ascender hasta los $2,053 m.n. m.n. (Art. 53)
- Huir después de estar involucrado en un accidente, aunque haya sido mínimo, ya que te pueden aplicar una multa de hasta $6,160 m.n. (Art. 184)
- Manejar en estado de ebriedad, ya que si te sorprenden podrás ser sancionado hasta por $20,536 m.n. (Art. 93)
- Que el vehículo no esté en condiciones mecánicas óptimas para circular, cuya multa asciende hasta los $3,080 m.n. (Art. 80)
Recuerda que lo importante no es llegar primero, sino saber llegar. Protégete.
En Ancora, tu Bróker de confianza, nos ocupamos de ti.
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